SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2128/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2128/2013

Fecha: 21-Nov-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de la accionante ratificó y reiteró la acción de amparo constitucional presentada. Asimismo, la amplió en sentido de que el Auto Supremo impugnado que declaró improcedente el recurso de casación interpuesto ingresó en contradicción interna entre su parte considerativa y resolutiva, lesionando el debido proceso en su elemento constitutivo del derecho a una resolución motivada, incurriendo en excesivos ritualismos y formalismos que también lesionaron el derecho de acceso a la justicia. Del mismo modo, alegó que dicho Auto Supremo vulneró el principio pro homine, el principio pro actione y el acceso al recuso, previstos en los arts. 29, 25 y 8.2 inc. h), respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; también, el debido proceso en su vertiente de la garantía de la impugnación de las resoluciones judiciales -art. 180.2 de la Constitución Política del Estado (CPE)- y el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal. Finalmente citó las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2210/2012 y 0439/2013, como precedentes.