SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2128/2013
Fecha: 21-Nov-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la accionante ratificó y reiteró la acción de amparo constitucional presentada. Asimismo, la amplió en sentido de que el Auto Supremo impugnado que declaró improcedente el recurso de casación interpuesto ingresó en contradicción interna entre su parte considerativa y resolutiva, lesionando el debido proceso en su elemento constitutivo del derecho a una resolución motivada, incurriendo en excesivos ritualismos y formalismos que también lesionaron el derecho de acceso a la justicia. Del mismo modo, alegó que dicho Auto Supremo vulneró el principio pro homine, el principio pro actione y el acceso al recuso, previstos en los arts. 29, 25 y 8.2 inc. h), respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; también, el debido proceso en su vertiente de la garantía de la impugnación de las resoluciones judiciales -art. 180.2 de la Constitución Política del Estado (CPE)- y el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal. Finalmente citó las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2210/2012 y 0439/2013, como precedentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- ii)
- III.1. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada en el Estado Constitucional de Derecho: jurisprudencia reiterada
- 1)
- respecto a la exigibilidad de la congruencia entre la parte motiva y resolutiva de una decisión
- III.2. La declaratoria de improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales: interpretación histórica y “desde” la Constitución. Jurisprudencia reiterada
- el cumplimiento de ello puede estar implícito
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- el cumplimiento puede estar implícito