SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2134/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2134/2013

Fecha: 21-Nov-2013

En mérito a lo señalado, es preciso señalar que

En mérito a lo señalado, es preciso señalar que cuando se deba ejecutar una disposición de traslado de un privado de libertad, el procedimiento a seguirse debe en todo momento respetar los derechos de éste a la integridad física y a la dignidad personal; correspondiendo al Gobernador del penal, asegurar que se efectúe la correcta información al afectado sobre la determinación asumida, los motivos del traslado y el lugar donde será llevado a efectos que asuma las medidas que crea convenientes, como notificar a su familia sobre el nuevo lugar donde guardará  detención.