Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2138/2013
Fecha: 21-Nov-2013
2º Disponer
2º Disponer que los Vocales codemandados dicten nueva resolución conforme a los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en la cual deberán tomar en cuenta la ilegalidad de la aprehensión, siempre y cuando a tiempo de la notificación con este fallo la situación jurídica del accionante no se hubiese modificado por una resolución posterior a la impugnada ello en atención al carácter provisional de las medidas cautelares.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- 1)
- frente a una presunta aprehensión ilegal, le corresponde al juez cautelar, conforme lo establece el art. 54 inc. 1) del CPP, controlar la investigación y, en consecuencia, proteger los derechos y garantías en la etapa investigativa
- no alcanzan a las solicitudes de control jurisdiccional por vulneración o restricción a la libertad personal en la audiencia cautelar por ello no requieren su apelación previa al planteamiento de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la Jueza codemandada
- Respecto de los Vocales codemandados
- Respecto de la Fiscal de Materia codemandada
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer