SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2138/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2138/2013

Fecha: 21-Nov-2013

denegó

La Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 021/2013 de 18 de julio, cursante de fs. 53 a 55 vta., denegó la tutela solicitada, con el fundamento que: a) Cuando la acción de libertad esté planteada con referencia al incumplimiento de los arts. 224, 226 y 233 del CPP, que se vincula con el debido proceso, deben conocer los jueces cautelares; b) El incumplimiento a normas procesales y dictadas en el Auto de Vista debe ser valorado por un tribunal de amparo constitucional; c) No se evidenció detención indebida por haber sido dispuesta por autoridad competente; además, que la ilegalidad de la aprehensión fue considerada en apelación, no existiendo un procesamiento ilegal porque existe una investigación y que la determinación puede modificarse mientras dure ésta; y, d) El art. 250 del CPP, faculta al accionante para interponer  el  recurso  con  las  previsiones  que han sido observadas como riesgos