Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2150/2013
Fecha: 21-Nov-2013
3° Anular
3° Anular la Resolución de 23 de abril de 2013; por consiguiente, ordenar a la Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Vinto del departamento de Cochabamba, emitir una nueva resolución en el plazo de setenta y dos horas, computables a partir de la notificación con la presente Resolución, compulsando la integridad de los antecedentes cursantes en el legajo procesal, salvo que las condiciones del accionante hayan variado hasta la presente fecha.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.2. La acción de libertad en su modalidad instructiva
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción”
- III.3. La naturaleza jurídica de las medidas cautelares de carácter personal y el trato al detenido preventivamente
- (Tratamiento).
- no opera la excepción de subsidiariedad en la presente acción constitucional
- 3° Anular