SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013

Fecha: 25-Nov-2013

empero, dicha labor de revisión y compulsa de todos los antecedentes que hacen al proceso administrativo instaurado contra la empresa accionante, ya fue ejercida por la Directora Ejecutiva de la AGIT, en uso de su competencia, atribuciones y funciones que se hallan establecidas por la Constitución Política del Estado a través del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, el Código Tributario Boliviano, la Ley 3092, y demás normas establecidas.

Sin embargo, la Administración Aduanera por intermedio de la autoridad demandada, no recurrió a este mecanismo de impugnación judicial, en su lugar determinó dictar nueva Resolución Sancionatoria de Contrabando AN-SCRZI-SPCCR-RS 124/2013 de 8 de marzo, considerando que con la misma, se tenía por concluida la etapa del sumario contravencional, en total desconocimiento de la normativa legal vigente así como la jurisprudencia constitucional, que establecen que la fase recursiva concluye con el recurso jerárquico, señalando que dicha resolución es fruto de un análisis integral de todo el expediente; empero, dicha labor de revisión y compulsa de todos los antecedentes que hacen al proceso administrativo instaurado contra la empresa accionante, ya fue ejercida por la Directora Ejecutiva de la AGIT, en uso de su competencia, atribuciones y funciones que se hallan establecidas por la Constitución Política del Estado a través del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, el Código Tributario Boliviano, la Ley 3092, y demás normas establecidas.