SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013

Fecha: 25-Nov-2013

…habiendo realizado un análisis integral de todo el expediente administrativo en sus diferentes fases y tomando en consideración los fundamentos técnicos legales establecidos en la Resolución de Alzada y Resolución del Recurso Jerárquico…

A mérito de dicho informe, la autoridad demandada emitió una nueva Resolución Sancionatoria de Contrabando AN-SCRZI-SPCCR-RS-124/2013 sobre el mismo proceso administrativo que se inició contra la empresa accionante, señalando: “…habiendo realizado un análisis integral de todo el expediente administrativo en sus diferentes fases y tomando en consideración los fundamentos técnicos legales establecidos en la Resolución de Alzada y Resolución del Recurso Jerárquico…” (sic), resolvió declarar probada la comisión de la contravención aduanera por contrabando; y, en consecuencia, determinó el comiso definitivo de toda la mercancía descrita en el Acta de Intervención AN-SCRZI-AI-29/2012, y su consiguiente adjudicación a título gratuito, exenta de pago de tributos aduaneros, en favor del Ministerio de la Presidencia, una vez ejecutoriada la presente Resolución. Como resultado de ello, la parte accionante solicitó a la autoridad demandada, deje sin efecto la precitada Resolución Sancionatoria de Contrabando y cumpla con la Resolución de Recurso Jerárquico       AGIT-RJ 1050/2012, disponiendo la entrega inmediata de la mercancía consignada en la DUI 2012/701/C-26525.

Conforme se tiene expresado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, dentro de los recursos administrativos que establece el Código Tributario Boliviano para impugnar los actos administrativos tributarios, se encuentran el recurso de alzada, admisible contra actos definitivos, entre ellos las resoluciones sancionatorias; y el recurso jerárquico admisible para quien considere que el recurso de alzada lesiona sus derechos, debiendo ser interpuesto ante la instancia Tributaria correspondiente. En el presente caso, la empresa accionante al considerar que la instancia de alzada valoró de manera incorrecta la documentación probatoria aportada y contenida en el expediente administrativo, interpuso el recurso jerárquico, alegando que no existió conducta típica sancionable por inexistencia de hecho ilícito; en ese mérito, al haberse activado la competencia de la instancia jerárquica, ésta pronunció la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1050/2012, y luego de efectuar una revisión y compulsa de los antecedentes administrativos, determinó revocar totalmente la Resolución de alzada; en consecuencia, se dejó sin efecto la Resolución Sancionatoria          AN-SCRZI-RS-33/2012.