SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2193/2013

Fecha: 25-Nov-2013

Se establece que la resolución administrativa dictada por el Superintendente Tributario General para resolver el Recurso Jerárquico agota la vía administrativa

Por otra parte, el art. 2 de la referida norma señala: “Se establece que la resolución administrativa dictada por el Superintendente Tributario General para resolver el Recurso Jerárquico agota la vía administrativa, pudiendo acudir el sujeto pasivo y/o tercero responsable a la impugnación judicial por la vía del proceso contencioso administrativo según lo establecido en la Constitución Política del Estado” (las negrillas nos pertenecen).

Cabe aclarar que, de conformidad a lo establecido en el art. 74 del CTB, los procedimientos tributarios administrativos se sujetarán y resolverán con arreglo a las normas contenidas en el citado Código, y sólo a falta de disposición expresa, se aplicarán supletoriamente las normas de la Ley de Procedimiento Administrativo, así como otras en materia administrativa; siendo por ello, aplicables al ámbito aduanero, las normas establecidas en dicha ley, compatibilizadas con las que se hallan contenidas en el Código Tributario Boliviano.