SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2013-L

Fecha: 13-Dic-2013

denegar

Empero, como ya se mencionó y al no existir desistimiento de la parte accionante, este Tribunal debe pronunciarse sobre si las actuaciones del Juez de garantías se encuentran dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, y manifestarse por la concesión o denegatoria de la tutela solicitada, en ese sentido, de los datos del proceso se tiene que el Juez de garantías, al denegar la tutela en el presente caso, efectuó una inadecuada compulsa de los antecedentes procesales y no dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.