SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2205/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan vulneración de sus derechos la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a recurrir, siendo que, en calidad de víctimas, interpusieron un incidente de actividad procesal defectuosa solicitando la nulidad del señalamiento de convocatoria del juicio, ya que se omitió cumplir con requisitos esenciales de validez para su instalación, la autoridad demandada asumió competencia del Juzgado de la Niñez y Adolescencia, pese de no contar con un equipo multiciplinario conforme exige la norma especia;, sin embargo, fuera de responder todas las denuncias realizadas mediante el incidente, el mismo fue rechazado con una simple providencia sin especificar si la misma es recurrible y en qué plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “otorgó”
- I.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional.
- III.2.La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III.3. La vulneración del debido proceso vinculada a la omisión del deber de jueces de emitir resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas
- III.4. Análisis del caso concreto
- donde no es aplicable la audiencia conclusiva
- Fragmento 17
- CONFIRMAR