AUTO CONSTITUCIONAL 056/2013-RCA-SL
Fecha: 27-Feb-2013
la acción puede ser presentada en tanto persista la lesión o la amenaza de lesión a los derechos e intereses colectivos; consiguientemente, no se contempla la existencia de un plazo de caducidad para esta acción de defensa
Con relación al principio de caducidad o inmediatez en la acción popular, el Tribunal Constitucional en su SC 1018/2011-R de 22 de junio, concluyó que “…la acción puede ser presentada en tanto persista la lesión o la amenaza de lesión a los derechos e intereses colectivos; consiguientemente, no se contempla la existencia de un plazo de caducidad para esta acción de defensa;…” (las negrillas son ilustrativas).
De lo anotado en el Fundamento Jurídico II.3 se tiene que, si bien la acción popular en su procedimiento se rige a la acción de amparo constitucional, la jurisprudencia constitucional citada, estableció respecto de la subsidiariedad e inmediatez que los mismos no son aplicables a esta acción, porque el límite de su interposición se regirá mientras persista la lesión o amenaza de los derechos o intereses colectivos, provocados por un acto u omisión de autoridades o de personas individuales o colectivas que amenacen o violen derechos e intereses colectivos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza.
- acción
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- b)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 10
- II.2.
- II.3. Procedimiento aplicable en la tramitación de la acción popular
- II.4. Revisión de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías
- la acción puede ser presentada en tanto persista la lesión o la amenaza de lesión a los derechos e intereses colectivos; consiguientemente, no se contempla la existencia de un plazo de caducidad para esta acción de defensa
- 2) Nombre y domicilio de las autoridades demandadas
- i) Exposición con claridad de los hechos
- ii) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- iii) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o garantía amenazados o vulnerados
- POR TANTO