El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0014/2013-Lde 20 de febrero de 2013; en base a los siguientes fundamentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0014/2013-Lde 20 de febrero de 2013; en base a los siguientes fundamentos:

Fecha: 20-Feb-2013

n revisión de acción de cumplimiento por la SCP 0645/2012 de 23 de julio de 2012

Lo expresado, queda definitivamente ratificado en el presente voto disidente, pues nuevamente a través de la SCP 0014/2013-L de 20 de febrero de 2013, se vuelve a resolver la misma problemática que ya fue resuelta en revisión de acción de amparo constitucional por la SC 1785/2011-R de 7 de noviembre, y que además fue otra vez resueltaen revisión de acción de cumplimiento por la SCP 0645/2012 de 23 de julio de 2012, de forma indebida yen base a una reconducción de la acción de cumplimiento que fue convertida en una acción popular, donde se dispuso, en lo relevante, lo siguiente: dejar sin efecto la RA 0005/2009 de 7 de septiembre emitida por el Director Departamental del INRA Pando y RD-ABT-DDPA-214/2009 de 15 de septiembre emitida por el Director Departamental de la ABT, disponiendo además la anulación de obrados hasta el actuado pertinente por el cual la CIRABO, como ente orgánico de la CIPOAP, se apersonó dentro del proceso 015/2009; exhortando también al INRA y a la ABT, adecuar sus procedimientos en base al principio de pluralismo, donde se comprometan los derechos e intereses colectivos de las naciones y pueblos indígenas originario campesinos, tomando en cuenta su especial condición de vulnerabilidad.