Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURI NACIONAL 0008/2013-L
Fecha: 15-Feb-2013
Fragmento 6
Por mandato de las normas previstas por el art. 20.I y II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, conformó la Sala Liquidadora Transitoria, posesionando a los Magistrados de la misma, el 15 de febrero de 2012, a objeto de la liquidación de las acciones tutelares ingresadas a los Tribunales de garantías, hasta el 31 de diciembre de 2011, modificada por la Disposición Transitoria Segunda del Código Procesal Constitucional vigente desde el 6 de agosto de 2012. Con la referida competencia, se procedió al sorteo de la presente causa, dictándose Resolución dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- a)
- b)
- i)
- concede en parte
- Fragmento 6
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos
- III.3. El derecho a la defensa y su aplicación al ámbito administrativo municipal
- III.4. Sobre la falta de fundamentación de las resoluciones
- 1)
- III.6. Dimensionamiento de los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional
- 2º