SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2013-L
Fecha: 15-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, considera vulnerados sus derechos y de la organización que representa a la “seguridad jurídica”, al debido proceso e irretroactividad de la ley; toda vez que, la OTB Junta Vecinal Complejo Carcaje, de la cual es Presidente, cuenta con personería jurídica otorgada por la Prefectura del departamento de Cochabamba, con registro y dos Resoluciones, una Municipal 039/2000 de 13 de octubre y otra Prefectural 02/2001 de 29 de septiembre, que forman parte de la misma; sin embargo, de manera indebida e ilegal, el Concejo Municipal de Tolata, emitió la Resolución Municipal 26/2009 de 7 de mayo, que ratifica y convierte en Ordenanza Municipal la Resolución Municipal 035/2008 de 13 de septiembre, abrogando de esta manera el registro de personalidad jurídica, de la OTB Complejo Carcaje. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- Fragmento 7
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.2. Derecho al debido proceso
- III.3.Del principio y garantía de irretroactividad de la ley
- III.4.Posición jurisprudencial del Tribunal Constitucional Plurinacional en relación a la seguridad jurídica
- Artículo 21° (Promulgación y Derogación de Ordenanzas).
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR