SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013-L

Fecha: 20-Feb-2013

III.4.

           El accionante, alega la vulneración de su derecho a la propiedad privada, por cuanto el 19 de mayo de 2010, cuando se apersonó a su lote ubicado en el km 7 de la carretera al norte, urbanización MUCOPOL, Mza. 12, lote 7 con una superficie de mil m2, se encontró con que personas ajenas, habían avasallado su inmueble iniciando una construcción sin autorización, extremo que denunció a la Alcaldía -ahora Gobierno Autónomo- Municipal de Santa Cruz, por lo que al momento de interponer la acción de amparo constitucional, la obra se encontraba paralizada. 

De la revisión del expediente se evidencia que el accionante demostró su derecho propietario del inmueble de 1000 m2, ubicado en el Km 7, carretera al norte, urbanización MUCOPOL, manzana 12, lote 7, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, el mismo que adquirió mediante compra de Víctor Aguilar Cardona; derecho propietario que se encuentra registrado en DD.RR. bajo la matrícula 7.01.1.06.0087266, folio 0191271, lo cual hace que su derecho sea oponible frente a terceros.