Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2013-L
Fecha: 18-Feb-2013
II.3.
II.3. El 21 de febrero de 2011, la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia, determinó declarar ha lugar a la detención preventiva señalada dentro del proceso de asesinato seguido por el Ministerio Público contra AA, refiriendo además que “…no obstante haber sido anulada la Resolución pronunciada en su contra por el delito de asesinato la misma anula actos por lo tanto se declara la libertad, pero dentro del presente trámite seguido por el Ministerio Público en contra de su persona por el delito de asesinato debiendo cumplir con la Resolución pronunciada en su contra por este despacho dentro del proceso de tentativa de asesinato …” (sic) (fs. 4 a 6).
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2. Imposición de medidas cautelares a menores infractores
- III.3. Los directores de centros penitenciarios y sus deberes de actuación en cuanto a los mandamientos de libertad
- III.4. Aplicación y duración de medidas cautelares a menores infractores
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte