Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2013
Fecha: 27-Feb-2013
II.2.
II.2. Mediante Auto interlocutorio 252/2012 de 3 de octubre, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, rechazó la solicitud de rebaja y disminución del monto de la fianza económica, solicitada por la imputada el 23 de febrero de 2012, con el argumento que, al haber sido cancelada la misma, “sería ilógico pensar que se puede rebajar la fianza…” (sic) manteniéndose la medida impuesta (fs. 17 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. El derecho al ejercicio de la libertad física invocado para su protección por vía de la acción de libertad
- III.3.1. El cumplimiento del principio de reserva de ley
- III.3.2. El cumplimiento del principio de reserva judicial
- III.3.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR