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    AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2013-RCA

    Fecha: 25-Mar-2013

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 10.3 y 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 26 de febrero de 2013, cursante de fs. 40 a 41 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • o porque se transfiere la información del anterior sistema (personal)
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia in limine
    • II.1.  Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
    • II.2.  Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
    • a)
    • Cuando el accionante no haya reclamado previamente y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento legal del deber omitido
    • Cuando el accionante no haya reclamado previamente y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento del deber omitido
    • CONFIRMAR

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