En cuanto a la nulidad de obrados, revocar la Resolución de 20 de enero de 2011 y Auto de 23 de junio de 2010, así como la suspensión de los descuentos ordenados
En cuanto a la nulidad de obrados, revocar la Resolución de 20 de enero de 2011 y Auto de 23 de junio de 2010, así como la suspensión de los descuentos ordenados, cabe manifestar que de la revisión de obrados se evidencia que la citación con la demanda de asistencia familiar fue realizada mediante exhorto suplicatorio en el domicilio consignado en la cédula de identidad de Fabián Norman Pardo Quiroz con C.I. 4442216 Cbba. (fs. 5), lugar donde se practicó las respectivas diligencias -que hoy es cuestionado por el accionante como falso y erróneo-; nótese que en la representación de 8 de agosto de 2009, elaborada por la Oficial de Diligencias del Juzgado de Instrucción de Familia de Quillacollo no se informó al Juez de la causa que el demandado no vive en dicha dirección (fs. 27), por ende se prosiguió con la tramitación de la causa, que dicho sea de paso es de trámite especial conforme establece el art. 61 y siguientes de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), ello por la naturaleza del derecho reclamado -la asistencia familiar-.
- I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMA en parte
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- II.2. El deber de cumplir la asistencia familiar fijada a favor de los hijos no sólo es de carácter moral sino también legal
- los padres no tienen la posibilidad de soslayar ni excusarse del cumplimiento de la asistencia a favor de los hijos
- II.2.1. La protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la Constitución Política del Estado
- los administradores de la justicia, a momento de aplicar e interpretar las normas -en aquellos casos donde estén comprometidos intereses de menores- deben hacerlo en la medida que les sea lo más favorable y menos gravoso posible para ellos
- haciéndome presente el día y hora señalado pero tampoco pude encontrarlo
- RECHAZAR
- 1)
- En cuanto a la nulidad de obrados, revocar la Resolución de 20 de enero de 2011 y Auto de 23 de junio de 2010, así como la suspensión de los descuentos ordenados
- es miembro activo de la Fuerza Aérea Boliviana
- su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad del juez y del fiscal
- REVOCAR
