los padres no tienen la posibilidad de soslayar ni excusarse del cumplimiento de la asistencia a favor de los hijos
La citada norma, con meridiana claridad precisa que, los padres no tienen la posibilidad de soslayar ni excusarse del cumplimiento de la asistencia a favor de los hijos, como se dijo anteriormente, la asistencia familiar compromete consigo diferentes derechos, de tal manera que de su observancia dependerá la materialización y el ejercicio de éstos. A este fin, tiene vital importancia citar el art. 64.I de CPE, cuya norma a la letra prescribe: 'Los cónyuges o convivientes tienen el deber de atender, en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común, el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación y formación integral de las hijas e hijos mientras sean menores o tengan alguna discapacidad'” (las negrillas me corresponden).
- I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- CONFIRMA en parte
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- II.2. El deber de cumplir la asistencia familiar fijada a favor de los hijos no sólo es de carácter moral sino también legal
- los padres no tienen la posibilidad de soslayar ni excusarse del cumplimiento de la asistencia a favor de los hijos
- II.2.1. La protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la Constitución Política del Estado
- los administradores de la justicia, a momento de aplicar e interpretar las normas -en aquellos casos donde estén comprometidos intereses de menores- deben hacerlo en la medida que les sea lo más favorable y menos gravoso posible para ellos
- haciéndome presente el día y hora señalado pero tampoco pude encontrarlo
- RECHAZAR
- 1)
- En cuanto a la nulidad de obrados, revocar la Resolución de 20 de enero de 2011 y Auto de 23 de junio de 2010, así como la suspensión de los descuentos ordenados
- es miembro activo de la Fuerza Aérea Boliviana
- su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad del juez y del fiscal
- REVOCAR
