SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

I.2.1. Ratificación de la acción

En uso de su derecho a réplica señaló que el ex Juez admitió tácitamente su actuar ilegal e indebido con el Auto de 8 de julio de 2010, al reconocer que es atípico, porque lo único que debió realizarse es pronunciarse respecto a la prueba “A-14”, en el sentido de aceptar o rechazar la misma, empero, no anular obrados ni retrotraer trámites, causando un perjuicio económico y de tiempo, para citar a los testigos, peritos y otros, vulnerando el derecho al debido proceso.