Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
II.12.
II.12. Cursa informe de inspección 09/2011 de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Cochabamba (FSUTCC) de 7 de febrero de 2011, suscrito por el Secretario Tierra y Territorio, Vitaliano Alvarado, en el cual sugiere a las autoridades departamentales del INRA, para que en coordinación con el INRA Nacional y previo los trámites de rigor, se dé cumplimiento de las RRAA 024 y 58 emitidas en “2009, a sabiendas de que toda Ley, Resolución o una orden se cumplen y no se negocia” (sic) (fs. 58 a 61).
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2
- organizaciones campesinas
- III.3. Características de los derechos o intereses colectivos en la acción popular
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