Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
II.14.
II.14. Informe legal SAN-SIM LEG 252/2008 de 29 de agosto, en cuyas conclusiones señala que el informe técnico acredita que se observa una sobreposición del 48% con la solicitud de saneamiento con el Sindicato Agrario Blanco Rancho y con un 19% con la solicitud de Saneamiento de Chirusi Chico; y sugiere “se proceda a la ACUMULACION del presente trámite a la solicitudes del Sindicato Agrario Blanco Rancho en etapa se Solicitud de Saneamiento y de Chirusi Chico en etapa de Pericias de Campo” (sic) (fs. 43).
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2
- organizaciones campesinas
- III.3. Características de los derechos o intereses colectivos en la acción popular
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