SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2013-L

Fecha: 08-Mar-2013

III.3.3.   En cuanto al Director del penal de “San Sebastián Varones”

               En primer lugar, esta autoridad, quien ciertamente no se encontraba en funciones en el tiempo que el ahora accionante era interno del recinto penitenciario, no tenía la obligación de conocer estos antecedentes, pero si tenía y tiene la obligación de cumplir los mandamientos y órdenes emanados por autoridades competentes y dirigir de esta forma la institución a su cargo, pero también es responsable de que los documentos y registros se mantengan seguros y disponibles a las personas y autoridades; en el primer momento de la acción, se reclamó el extravío de esos registros y el propio Director del recinto, presentó una certificación que únicamente hace referencia al ingreso del interno desde el 3 de junio de 2011; para que luego se presenten otra certificación y documentos, en los cuales constan los hechos demandados por el accionante, lo que significa que ha presentado información sesgada en una audiencia informativa dentro de una acción constitucional, en desmedro de las pretensiones del accionante y en consecuencia, vulnerando su derecho a la libertad, pues los datos con los que sí se contaban podían ser presentados, sino en la mencionada audiencia, de forma posterior, tratando de amortiguar el daño ya ocasionado; por este motivo, debe concederse la tutela contra esta autoridad, pero sin responsabilidad por ser excusable, exhortando mayor cuidado y veracidad en los informes que se presenten.