SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.3.

II.3.  Por oficio de 14 de junio de 2010, el accionante solicitó a los miembros del Consejo Facultativo, su permanencia en la docencia por el lapso de un año calendario más, haciendo notar que está tomando los recaudos necesarios para concretar su jubilación (fs. 23). En vista de ello, el Consejo Facultativo de Ciencias Económicas, por Resolución 96/10 de 13 de julio de 2010, resolvió aprobar la misma, dirigiéndola a la autoridad demandada, para que considere la suspensión de la jubilación del accionante y le permita continuar en sus funciones como docente, por un año calendario, a partir del segundo semestre de 2010 (fs. 24).