SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.5.

II.5.  A través del memorial de 24 de agosto de 2010, dirigido al Rector de la UMSS, el accionante pidió a ésta autoridad, que se le notifique con la resolución o disposición universitaria por la cual prescindían de sus servicios, lo despedían o expulsaban; asimismo, pidió se extienda una copia legalizada o testimonio de dicha Resolución, indicando que las providencias las conocería en Secretaría su despacho (fs. 20). Por memorial de 3 de septiembre del mismo año, dirigido a la autoridad -ahora demandada, ante la falta de respuesta del anterior memorial, el accionante pidió que se resuelva el mismo, bajo alternativa de interposición de acción amparo constitucional, señalando expresamente que las providencias las conocería en Secretaría (fs. 19). En vista de ello, el demandado por oficio “Rect. 1034/10” de 7 de septiembre de 2010, le hizo saber que hasta la fecha, no había ningún pronunciamiento de parte del Comité Académico del Consejo Universitario, sobre la transferencia de su solicitud (fs. 17 a 18).