SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
i)
Benita Almanza Orihuela, Jhonny Eulogio, Alicia Aguilar Almendras y Lizandra García Almanza, a través de su abogado, en audiencia, señalaron: i) En la presente acción de amparo constitucional se está demandando a Jhonny Eulogio, sin registrar su apellido, a quien no se lo conoce, pues no ocupa ninguno de los terrenos, ii) Se encuentran en quieta, pacífica y continua posesión de los terrenos desde el mes de mayo del año 2009; iii) Suscribieron un contrato con la cooperativa de agua de la zona, “Cooperativa SAJUVA”, desde el mes de julio de 2009; iv) Asimismo, desde ese mismo año, suscribieron contrato con la cooperativa rural de electricidad “CRE”, contando con sus respectivos medidores de energía eléctrica; v) Dichos terrenos eran un “foco” de inseguridad para las personas, estaban abandonados totalmente y no como indica la accionante que habían postes y estaban limpios; vi) El derecho a la propiedad no es absoluto, sino que está condicionado a la función social; vii) Existen declaraciones juradas voluntarias en las que se indica la fecha en la que ingresaron a los terrenos ahora reclamados, asimismo, existen avisos de cobranza de los servicios de agua potable y energía eléctrica; viii) En mayo de 2010, la accionante ya tenía conocimiento de que estos terrenos estaban en posesión de sus personas -ahora demandados-, pues se presentó un interdicto de retener la posesión; ix) El impuesto que tiene supuestamente pagado la accionante es del 2009, en el cual no se menciona la unidad vecinal ni la manzana en que se encuentran los supuestos terrenos de su propiedad; y, x) Están en posesión de dichos terrenos desde mayo de 2009, no cumpliéndose el plazo preestablecido por la Constitución Política del Estado, debiendo hacer prevalecer su derecho la accionante mediante procesos ordinarios de mejor derecho de propiedad o de despojo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- III.3. De la carga de la prueba que tiene el demandante en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Actuación del Tribunal de garantías
- 2º