SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.2.

II.2.     Consta en obrados demanda de interdicto de retener la posesión, interpuesta el 21 de mayo de 2010, por Manuel Galvis Coronado, Alicia Aguilar Almendras, Benita Almanza Orihuela y Eustaquia Balderrama Corrales contra la ahora accionante, cuyos domicilios indicaron que se encontraban en el Barrio Melgar, lotes 12, 10, 8 y 6, manzana 18, unidad vecinal 159, en la zona del Plan 3000, tramitado en el Juzgado Primero de Instrucción Mixto del Centro Integrado de Justicia Plan 3000 del departamento de Santa Cruz. En el memorial de demanda del proceso señalado, los demandantes indicaron que ocuparon los lotes en los que vivían en ese momento porque no apareció su dueño, por lo que realizaron mejoras, construyeron sus viviendas e hicieron instalar los servicios públicos, hasta que el 7 de mayo de 2010 apareció una supuesta propietaria de nombre Orlanda Ríos “Ríos”, ante lo cual interpusieron el interdicto señalado (fs. 68 a 145 vta.). Entre la documental adjuntada a dicha demanda interdicta, se encuentra aviso de cobranza a nombre de Alicia Aguilar Almendras cursante a fs. 52, emitida el 13 de mayo de 2010, correspondiente al lote 10, manzana 18 y unidad vecinal 159, en el que consta que se consumió agua potable desde diciembre de 2009. Asimismo, a nombre de Manuel Alvis Coronado, esposo de Lizandra Esther García Almanza, -ahora demandada- tal como está señalado en la declaración jurada voluntaria de posesión cursante a fs. 42), por el consumo de agua potable, emitida el 15 de diciembre de 2009, correspondiente al lote 12, manzana 18 y unidad vecinal 159, cursante a fs. 72. También a nombre de la ahora codemandada, Benita Almanza Orihuela, emitido el 13 de enero de 2010 por el mismo servicio, correspondiente al lote 6, de la misma manzana y la misma unidad vecinal (fs. 84).