SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.3.

II.3.      De fs. 9 a 15 vta. consta la sentencia de 6 de enero de 2005 dictada dentro del proceso ordinario antes referido, en el que se declaró probada la demanda e improbadas las oposiciones formuladas; disponiendo la nulidad de los documentos de adjudicación otorgados por Daniel Ramos Molina a favor de Casiano Nuñez Alanez, lote signado como 6 “A” de 400 m2, registrado en DD.RR. bajo la partida y fojas 450, del Libro Primero de propiedad de la provincia Carrasco el 3 de junio de 1993 y de Telésforo Soto Grageda el lote 6 “B”, de 370,50 m2, registrado en DD.RR. a fojas y partida 887, del Libro Primero de Propiedades de la provincia Carrasco el 29 de octubre de 1993. Asimismo, se dispuso la nulidad del documento de venta transferido por Casiano Nuñez Alanez a favor de Jhonn Richard Meneses Lastra del lote 6 “A”, registrado bajo la partida y fojas 873 del Libro Primero de propiedad de la provincia Carrasco el 4 de mayo de 2002. Finalmente, se declaró la validez del documento de transferencia de 12 de julio de 1989 otorgado por el Instituto Nacional de Colonización del lote signado como 6 a favor de Telésforo Soto Grageda con una superficie de 750 m2, consiguientemente, se ordenó la cancelación inmediata en los registros de DD.RR. de Sacaba.