SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2013
Fecha: 05-Mar-2013
a)
El abogado de la accionante en audiencia ratificó in extenso el contenido de la demanda y señaló: a) El principio de seguridad jurídica establecido en el art. 178.I de la CPE, en el proceso administrativo garantiza la activación del derecho de acción y defensa simultáneamente, en ese orden el art. 22 de la LM, bajo este principio otorga al Concejo Municipal, la facultad de reconsiderar las resoluciones y ordenanzas municipales a instancia de parte o del Alcalde Municipal, pero esta disposición no se aplicó de manera correcta en la sesión realizada el 8 de octubre de 2012, en la cual se emitieron las Resoluciones Municipales 091/2012 y 092/2012, por el contrario se procedió de oficio a reconsiderar la designación de la Alcaldesa a.i.; b) Cuando los demandados se percataron del acto ilegal pretendieron subsanarlo a través de otro acto, así el 17 del mismo mes y año, dictaron otras Resoluciones Municipales “091 y la 092”, en las que agregaron “una supuesta renuncia” de la accionante, hecho contrario al art. 22 de la LM; c) Así, el Concejo Municipal realizó dos actos el 8 y el 17 del mes y año referidos, generando incertidumbre y transgrediendo el principio de seguridad jurídica; por cuanto, se han producido dos Resoluciones “similares en su parte considerativa y distintas en su parte resolutiva”, actos que han lesionado derechos y garantías establecidos en la Constitución Política del Estado, por lo que en sede administrativa no se ha respetado el debido proceso; d) El Concejo Municipal en su Reglamento Interno tiene establecido que las sesiones se realizarán los días lunes y jueves; pero revisadas las dos últimas Resoluciones modificadas, estas han sido emitidas el miércoles 17 de octubre de 2012, aspecto que vulnera el debido proceso y genera incertidumbre jurídica, así como el art. 22 de la LM;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- e)
- 1)
- i)
- concedió
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza del amparo constitucional
- III.2. De
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR