Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2013
Fecha: 05-Mar-2013
II.8.
II.8. El 22 de octubre de 2012, la Presidenta del Tribunal Departamental Electoral de La Paz, emitió el Auto electoral, en base a las Resoluciones Municipales 091/2012 y 092/2012, del Concejo Municipal de Ixiamas, disponiendo que por el Área de Tecnologías se registre la habilitación y certificación de Macedonio Choque Villarpando, en el cargo de Alcalde a.i. del Gobierno Autónomo Municipal de Ixiamas (fs. 17); el referido Auto Electoral, fue emitido en base a fotocopias legalizadas remitidas por el Concejo Municipal de Ixiamas, como se certificó por Ministerio de Autonomías y el Tribunal Departamental Electoral de La Paz (fs. 59 a 60).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- e)
- 1)
- i)
- concedió
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza del amparo constitucional
- III.2. De
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR