SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2013

Fecha: 06-Mar-2013

denegar

De todo lo expuesto, se concluye que el Tribunal de garantías, evaluó de manera correcta los antecedentes y datos del proceso al denegar la tutela solicitada, no obstante de aquello debió observar la legitimación pasiva de los demandados al momento de la admisión de la acción de amparo constitucional y no permitir el desarrollo de la audiencia para denegar la misma, en razón a que esta omisión representa un perjuicio para la accionante.