SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2013

Fecha: 06-Mar-2013

II.3.

II.3.  Del informe 039/2011 de 15 de abril, emitida por Jefe del Departamento Nacional de Asesoría Jurídica de la Universidad Policial Mariscal Antonio José de Sucre, se establece que la realización de cursos o cualesquier tipo de oferta académica con temáticas inherentes a la formación de los recursos humanos de la Policía Boliviana, deben ser necesariamente de exclusividad de la mencionada Universidad Policial, por lo que debe ser rechazada la solicitud presentada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses “INCIF” (fs. 37 a 38).