Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2013
Fecha: 08-Mar-2013
II.3.
II.3. Por mandamiento de 28 de noviembre de 2012, el Juez Cuatro de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz, mandó y ordenó al Director de Seguridad del Palacio de Justicia, ponga en inmediato arresto a: “Germán Rómulo Cardona Álvarez” en dependencias de las celdas ubicadas en el subsuelo del palacio de justicia, el día 28 del mismo mes y año, de horas 11:00 a 16:00, señalando que cumplido que sea este horario deberá ser puesto en inmediata libertad (fs. 20).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.Acción de libertad innovativa
- la figura de la acción de libertad innovativa o habeas corpus innovativo como el mecanismo procesal, por
- III.2. Potestad disciplinaria del Juez en audiencia
- 2)
- lo que implica que no resulta ilegal ni arbitrario que el juzgador adopte como medida disciplinaria el arresto, por cuanto, se encuentra facultado para emitir esta clase de mandamientos, en función de lo dispuesto por el art. 129 inc. 5) del CPP
- salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR