SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2013

Fecha: 08-Mar-2013

II.5.

II.5.  El 6 de febrero de 2012, el accionante interpuso recurso de apelación contra el Auto Final del Proceso Disciplinario TD/DDELP-2 01/2012, expresando los siguientes fundamentos: a) El fallo apelado no establece cuál o cuáles son los hechos con los que su persona hubiese infringido los arts. 10. inc. m) y 11 inc. k) de la RS 212414, por lo que se vulneró sus derechos al debido proceso y la defensa; b) El Auto Inicial de Proceso Disciplinario está viciado de nulidad absoluta, ya que adoptó una medida precautoria vulnerando lo dispuesto por loa arts. 96.III de la CPE, 6 de la RS 212414 y 74 del DS 04688, al suspenderlo y trasladarlo a otra unidad educativa; c) El Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de La Paz-2, omitió resolver su excepción de prescripción planteada en el memorial de 12 de julio de 2011; d) El Auto Final del referido proceso, no estableció cuál o cuáles son los hechos probados e improbados, omitiendo por completo el hecho con el que se infringe el ordenamiento jurídico administrativo; y, e) El referido Auto Final, ha lesionado groseramente su derecho al debido proceso en su componente a la fundamentación establecido en el art. 115.II de la CPE (fs. 49 a 52 vta.).