Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2013
Fecha: 08-Mar-2013
2º Llamar
2º Llamar severamente la atención a Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, por haber incumplido los plazos establecidos para la remisión de los antecedentes al Tribunal de alzada, advirtiéndole que, de persistir en dicha conducta se remitirán antecedentes a la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura, sin perjuicio de oficiarse al Ministerio Público.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 9
- III.2.Acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- para el caso en los cuales las autoridades jurisdiccionales reciban una petición de la persona detenida o privada de libertad, tienen la obligación de tramitarla con celeridad, (…). Actuar de manera distinta a la descrita, provoca dilaciones indebidas y dilatorias sobre la definición jurídica de las personas privadas de libertad y corresponde activar el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- (APELACIÓN).
- Las que se dicten durante las audiencias orales, se notificarán en el mismo acto por su lectura
- gratuidad
- (SUPRESIÓN DE VALORES Y ARANCELES JUDICIALES).
- III.4.Análisis del caso en concreto
- 2º Llamar