Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2013
Fecha: 13-Mar-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 295/2012 de 26 de noviembre, cursante de fs. 71 a 73 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gualberto Cardona Gironás contra Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Jorge Isaac Von Borries Méndez, Fidel Marcos Tordoya Rivas, Maritza Suntura Juaniquina, Pastor Segundo Mamani Villca, Rita Susana Nava Duran, Rómulo Calle Mamani, Norka Mercado Guzmán, Antonio Guido Campero Segovia, Magistrados; Freddy Jiménez Rivero y Luis Fernando Díaz Enríquez, Director a.i. y ex Director, Administrativo y Financiero, respectivamente, todos del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- d)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Los funcionarios de libre contratación también son de libre remoción
- b)
- c) Funcionarios de libre nombramiento:
- e)
- Escalafón Judicial del Poder Judicial
- II.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR