SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2013

Fecha: 13-Mar-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante no indica expresamente el derecho vulnerado; sin embargo, se infiere que se vulneraron los derechos al trabajo, a la remuneración y a una fuente laboral estable; además de que, reclama la aplicación incorrecta del art. 6 de la Ley 212; toda vez que, su puesto de trabajo no se encontraba acéfalo; empero, a pesar de ello, las autoridades demandadas procedieron a prescindir de sus servicios con la entrega de una simple nota, en la que le comunicaron que nombraron un nuevo funcionario en el cargo de “Encargado de Fotocopias” y que debería entregar toda la documentación a su cargo y los activos, al Encargado de Activos Fijos, sin entregarle el correspondiente memorándum de agradecimiento de servicios. Adicionalmente, señala que funcionarios -que no son demandados en esta acción- sin competencia firmaron la nota atribuyéndose funciones de Sala Plena. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.