SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2013
Fecha: 13-Mar-2013
d)
d) Las autoridades demandadas, han convalidado el incumplimiento de la Sentencia Agraria Nacional 13/2004, ya que sólo se realizó una inspección que no se ajusta al procedimiento vigente, si bien expresa la realización de una inspección, en ningún caso puede suplir a una resolución expresa y con tal actitud refieren que se tuvo la intención de dejar a su detenido en indefensión, para evitar que acredite la Función Económica Social, identificando las mejoras, juntando a su ganado para que se proceda a la verificación de la marca, sea que se considere o no a los efectos de la Función Económica Social. En ese aspecto el accionante señala que la autoridad administrativa tenía la intención de evitar a toda costa la ejecución completa de las pericias de campo, constituyéndose en una arbitrariedad que ha sido pasada por alto, por las autoridades ahora demandadas, toda vez que correspondía emitir una Resolución expresa conforme lo establecido por el art. 170.II, en la que se establezca, la fecha de inicio y plazo de duración de las pericias de campo, ordenadas por el entonces Tribunal Agrario Nacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2
- III.
- NULA la Resolución Final de Saneamiento RSF-TCO-011/2001 de 12 de febrero, correspondiendo al INRA, regularizar el trámite desde la etapa de pericia de campo con el levantamiento de información legal y técnica
- Fragmento 21
- APROBAR