Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2013
Fecha: 13-Mar-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la accionante, ratificó el contenido de la acción y la amplió indicando, que se presentó documentación respaldatoria, poniéndose en conocimiento del Director de Zona Franca Cobija, Jorge Marcelo Zabala Tejada, que por intermedio de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia se procedió a realizar el reconocimiento ad vientre, documento que tiene todo el valor probatorio, considerando que fue emitido por el ente que resguarda por los derechos de los menores. Agregó que no se dio cumplimiento al Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a la mujer embarazada y al progenitor
- “Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- III.2. En contratos eventuales no procede la inamovilidad laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- la presunción de filiación se hará valer por indicación de la madre o el padre.
- CONFIRMAR