SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0295/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0295/2013

Fecha: 13-Mar-2013

III.4.  Análisis del caso concreto

En el caso en análisis, el accionante considera vulnerados sus derechos a la defensa y a la “seguridad jurídica” y a la garantía del debido proceso debido a que en ejecución de sentencia emitida dentro del proceso ejecutivo seguido contra Simón Quispe Villca, ante el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, interpuso incidente de nulidad de notificación, porque no fue citado ni notificado con ningún actuado procesal como acreedor del ejecutado, pese a que cursaba en obrados informe del Registrador de DD.RR. que acreditaba la existencia de un gravamen a su favor, por la suma de $us21 000.- el cual era anterior a la del ejecutante y que fue declarado procedente, por lo que el Juez de la causa al haber omitido disponer la notificación de los demás acreedores, mediante Auto de 20 de agosto de 2012, anuló obrados hasta el Auto de 22 de marzo de ese año, de señalamiento de remate; sin embargo, el referido fallo en apelación, fue revocada mediante Auto de Vista 205/2012, pronunciado por los Vocales ahora demandados, bajo el fundamento de que al no haberse causado ningún perjuicio a su persona, su derecho a presentar la nulidad de obrados había precluido y que al no ser éste parte esencial del proceso el Juez a quo debió rechazar el incidente, además que, la notificación con los actuados procesales se cumplió mediante la publicación de los correspondientes avisos de remate.