Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2013
Fecha: 13-Mar-2013
3º Disponer
3º Disponer que los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, de manera inmediata emitan un nuevo Auto de Vista que resuelva el recurso de apelación interpuesto contra el Auto Interlocutorio de 24 de septiembre de 2012; realizando la correcta valoración de la prueba aportada al caso, y expresando en el mismo la debida y suficiente fundamentación que sustente la decisión final que vayan a adoptar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El procesamiento ilegal o indebido
- tratándose de medidas cautelares,
- III.3. La exigencia de motivación de los fallos que resuelven la apelación de medidas cautelares por parte de los respectivos Tribunales
- III.4. Sobre la valoración de la prueba y la revisión de la interpretación de legalidad ordinaria a través de la acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR en parte
- 3º Disponer