SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013
Fecha: 20-Mar-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 17/2012 de 29 de diciembre, cursante de fs. 42 a 45, pronunciada por el Juez Segundo de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia del departamento de Chuquisaca, y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, disponiendo que el Juez demandado o Juez de la causa, en observancia de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, celebre audiencia de cesación a la detención preventiva, dentro del plazo de tres días, siempre y cuando no se haya efectuado la misma.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 10
- III.2. El principio de celeridad debe concretarse en los trámites de las solicitudes de cesación a la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
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