Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2013
Fecha: 20-Mar-2013
II.4.
II.4. Cursa copia legalizada del mandamiento de desapoderamiento de 16 de julio de 2011, por el que la autoridad demandada ordenó el lanzamiento de Simón Rolando Molina Mery y de todo los bienes, enseres y personas puestos por este último, en el inmueble objeto del litigio citado precedentemente, con facultades de allanamiento de domicilio y auxilio de la fuerza pública (fs. 666).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inactivación de la acción de amparo constitucional frente a hechos y derechos controvertidos
- Del razonamiento expuesto, se concluye que el recurrente, ahora accionante, al presentar la acción tutelar debe acompañar los elementos probatorios suficientes que comprueben la titularidad de los derechos que reclama como vulnerados, pues si el Tribunal no tiene certeza sobre la veracidad de los hechos expuestos por encontrarse en controversia, no puede pronunciarse sobre el fondo del asunto por no constituir una instancia de resolución de causas ordinarias, correspondiendo sólo la protección de derechos consolidados a favor del accionante'"
- III.2.
- CONFIRMAR