SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2013

Fecha: 25-Mar-2013

1)

A la pregunta del Tribunal de garantías, manifestó: 1) No formuló inmediatamente la acción de libertad, debido a que necesitaba reponerse psicológicamente por estar afectado emocionalmente por su permanencia en celdas de la FELCC, situación que nunca le sucedió; y, 2) En ningún momento se le hizo conocer por escrito de las razones de su arresto y tampoco tiene constancia de la hora en que lo pusieron en libertad, dado que le hicieron firmar un documento cuyo contenido desconoce y que no firmó nada al salir de la celda.