Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2013
Fecha: 25-Mar-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante ratificó en su integridad el contenido de la acción de libertad, aclarando que su defendido se encuentra ilegalmente detenido, ya que el mandamiento de detención preventiva, como el acta de audiencia cautelar no tiene sustento legal; además, agrega que agotó el recurso de reposición ante los Juzgados Sexto y Octavo de Instrucción en lo Penal, por consiguiente, la retardación de justicia se encuentra latente, por lo que solicita se restituya su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado.
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- III.3. Sobre el principio de celeridad en la administración de justicia
- III.4.Actos dilatorios en la tramitación de la cesación a la detención preventiva
- III.5. El principio ético moral del ama qhilla en la sociedad plural
- Fragmento 20
- III.6.Legitimación pasiva de funcionarios subalternos
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR