Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2013
Fecha: 25-Mar-2013
II.2.
II.2. Una vez concluido el término de prueba, el 19 de abril de 2012, la Autoridad Sumariante pronunció la Resolución final 110/2012, por la que dispuso establecer responsabilidad administrativa contra el referido servidor, sancionándolo con la destitución, por contravenciones administrativas previstas en los arts. 17 inc. b), 56, 58 y 78.9 del Reglamento Interno de la Municipalidad; es decir, por no haber asistido a su fuente de trabajo por más de seis días continuos durante enero (fs. 14 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso invocado por el accionante, y el derecho a la fundamentación de decisiones como elemento esencial del primero
- III.3.1. Sobre la vulneración al debido proceso por falta de fundamentación de las resoluciones impugnadas.
- III.3.2. El dimensionamiento de los efectos del fallo
- No formalismo.