Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2013
Fecha: 25-Mar-2013
II.3.
II.3. Contra el referido fallo, el ahora accionante interpuso recurso de revocatoria, el 3 de mayo de 2012, argumentando que el mismo fue emitido por una autoridad incompetente, que no se respetaron los plazos, que no valoró correctamente las pruebas presentadas, que carecía de fundamentación y que era incongruente; toda vez que, se inició el proceso por la supuesta contravención a ciertas normas, y se emitió el fallo final por infracción a otras (fs. 18 a 20 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso invocado por el accionante, y el derecho a la fundamentación de decisiones como elemento esencial del primero
- III.3.1. Sobre la vulneración al debido proceso por falta de fundamentación de las resoluciones impugnadas.
- III.3.2. El dimensionamiento de los efectos del fallo
- No formalismo.