SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2013

Fecha: 27-Mar-2013

recurso de acceso y eficacia inmediata,

La característica señalada guarda correspondencia con su naturaleza jurídica: recurso de acceso y eficacia inmediata, porque impide la continuación del ejercicio de una competencia o potestad que ha sido denunciada por usurpación de funciones o ejercicio de jurisdicción o potestad que no emana de la ley y reparadora frente al ejercicio arbitrario y discrecional del poder, que desconoce las reglas de jurisdicción y competencia establecidas por la Constitución Política del Estado y las leyes, al declarar la nulidad de la resolución o el acto recurridos, cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional encuentre que la autoridad o servidor público obró sin jurisdicción o sin competencia, o usurpó funciones, o en su caso, dictó resolución después de haber cesado en sus funciones o estando suspendida ellas, ordenando, la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal correspondiente -función reparadora con eficacia- (art. 148.2 del CPCo).

El Código Procesal Constitucional, ahora vigente desde el 6 de agosto del 2012, con relación al objeto del recurso de nulidad, en su art. 143 establece: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestades que no emane de la Ley”.