SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2013

Fecha: 27-Mar-2013

a)

Ivonne Agreda Rodríguez ex Presidenta y Alexei Dimitri Marañón Cornejo ex Vocal Permanente del Tribunal disciplinario del extinto Consejo de la Judicatura, presentaron informe cursante de fs. 92 a 100 en el que señalan; a) El año 2010 dejaron de ejercer sus funciones dentro del Tribunal disciplinario; y, b) Se aduce que la sentencia disciplinaria 034/2010, “es injusta” (sic) porque dispuso la suspensión de sus funciones por seis meses sin goce de haberes, cuando la abogada investigadora sólo había señalado la sanción de un mes, al efecto corresponde aclarar que en materia administrativa y disciplinaria existen normas procedimentales establecidas en el Manual de Funciones, donde se limita y determina las atribuciones, deberes, obligaciones y prohibiciones de los investigadores, tribunales, etc., es así que el contenido del informe acusatorio elaborado por la abogada investigadora, “sólo sugiere la sanción y no es imperativa ni determinante para el Tribunal” (sic), por el hecho de que los tribunales sumariantes en materia disciplinaria son autónomos e imparciales al momento de imponer la sanción.